Informarte que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº. 3 de Valencia, en sentencia de 11/01/2022, ha estimado una demanda contra el Ayuntamiento de Valencia exigiendo la devolución de ingresos indebidos de las cuotas del Impuesto de Actividades Económicas – IAE – de una sociedad que vio interrumpida su actividad como consecuencia del estado de alarma durante 2020.

Según consta en la sentencia publicada en la web del Poder Judicial (https://www.poderjudicial.es), se estima la demanda en base a lo siguiente:

Esta reivindicación, precisamente, formó parte de las solicitudes que desde la Confederación Empresarial Valenciana trasladaron en dos reuniones a la Concejalía del Ayuntamiento de Valencia. No fue aceptada. Han sido ahora los tribunales los que han fijado un criterio reclamado por la CEV: no cabe liquidar el IAE sin actividad económica.

Se abre hora la posibilidad de las empresas que sufrieron el cierre temporal de sus actividades como consecuencia del estado de alarma, de reclamar la devolución de ingresos indebidos por la parte proporcional del Impuesto de Actividades Económicas sobre el periodo de cierre obligatorio o con restricciones de la actividad, invocando los argumentos de la citada sentencia.

El Ayuntamiento de València ya ha anunciado que sus servicios municipales están estudiando la viabilidad de recurrir la sentencia.

Jdo Contencioso 3 Valencia 11 enero 2022