Permiso derecho al voto en las elecciones 26 de mayo de 2019

El 10 de mayo del cte., el DOGV (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana) publicó la ORDEN 8/2019, de 7 de mayo, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se regula el permiso de las trabajadoras y los trabajadores a fin de poder ejercer el derecho al voto en las elecciones del día 26 de mayo de 2019.

Están convocadas las elecciones de diputados al Parlamento Europeo y las elecciones locales, que se celebrarán el próximo domingo 26 de mayo de 2019 y procede adoptar en el ámbito de la Comunidad Valenciana las medidas correspondientes respecto del horario laboral de los trabajadores que no disfruten en dicho día del descanso semanal.

  1. Resumen permisos:

a) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de la apertura de las mesas electorales o lo haga por un periodo inferior a dos horas: En estos supuestos no tendrán derecho a permiso retribuido.

  1. b) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.
  1. c) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.
  1. d) Trabajadoras y trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de un permiso retribuido de cuatro horas.
  1. En todos los casos anteriores, cuando, por tratarse de trabajadoras o trabajadores contratados a tiempo parcial, realizasen una jornada inferior a la habitual en la actividad, la duración del permiso antes reseñado se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de las y los contratados a tiempo completo en la misma  empresa.
  1. Corresponderá a la persona responsable de la empresa la distribución, en base a la organización del trabajo, del período en que las trabajadoras y los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar.