Informarte, el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Valencia publicó con fecha 25/11/2022 el acuerdo de concesión de las «Ayudas Municipales para la creación de nuevos comercios y la consolidación de los ya existentes en la ciudad de Valencia 2022» y también están procediendo al abono de la subvención durante estos días.
Puedes acceder a la resolución a través del siguiente enlace:
- Subvenciones a nuevos comercios y consolidación de los existentes en la ciudad de València. Acuerdo de concesión.
Un cordial saludo,
CIRCULAR REMITIDA EL 09/03/2022
Estimado/a Comerciante y Agremiado/a:
EL Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) de ayer 8 de marzo de 2022 publicó el Edicto del Ayuntamiento de Valencia sobre el extracto de la convocatoria 2022 para la concesión de las Ayudas Municipales para la creación de nuevos comercios y la consolidación de los ya existentes en la ciudad de Valencia.
Resumen Convocatoria:
Descripción: Subvenciones destinadas a fomentar la implantación de nuevas actividades comerciales en la ciudad y al mantenimiento de comercios ya existentes en la ciudad de Valencia 2022
Beneficiarios: Las presentes ayudas van dirigidas tanto a personas físicas como jurídicas, cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica legalmente constituidas, que realicen su actividad en establecimientos comerciales abiertos al público situados en la ciudad de València ya sean personas autónomas, pequeñas empresas o microempresas.
– Personas Excluidas:
– Las Administraciones Públicas, las sociedades públicas o participadas en más de un 50% por capital público y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
– Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
– Las empresas del sector de hostelería.
– Las sociedades anónimas.
– Las entidades que han subsumido expresamente sus solicitudes en otras entidades de mayor ámbito de representatividad en las cuales estén integradas.
– Las personas físicas o las entidades públicas o privadas, que llevan a cabo su actividad en un equipamiento público en régimen de cesión o concesión.
(Ejemplo: puestos en mercados municipales).
– Los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta on line.
Finalidad: La finalidad de estas subvenciones es el apoyo a las actividades comerciales de la ciudad de València para afrontar los gastos corrientes derivados de la titularidad, ejercicio, desarrollo y mejora del negocio o actividad comercial. Se pretende con esto fomentar el pequeño comercio, incentivar el mantenimiento y la creación de empresas comerciales, así como mejorar el mapa comercial de la ciudad de València.
Requisitos:
- Que el establecimiento comercial se encuentre abierto al público y en la ciudad de València.
- Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda por persona física o jurídica, cooperativa, sociedad civil o comunidad de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica legalmente constituidas, y para un único establecimiento.
No se tendrán en cuenta las solicitudes de ayudas presentadas por personas subarrendatarias del establecimiento comercial en el supuesto que ejerzan su actividad en el mismo local que la arrendataria.
– Consultar resto de requisitos, Bases Punto nº.5 de la Convocatoria
Gastos Subvencionables:
- a) Alquiler del local comercial. (Deberán aportar contrato de arrendamiento en vigor hasta finales del año 2022, facturas del alquiler mensual y justificantes de pago bancario, no se admitirán los pagos de alquiler efectuados en metálico). En el contrato de arrendamiento, el arrendatario que debe constar es la persona física o jurídica solicitante de la ayuda.
- b) Implantación de sistemas de calidad: Gastos relativos a la realización de documentación del sistema de calidad de la empresa así como los derivados de su implantación.
- c) Realización de cursos de formación comercial no reglada, de carácter específico, para mejorar la calificación profesional, del empresariado y del personal contratado. Se incluyen sólo los gastos derivados del coste del curso y de la inscripción al mismo.
- d) Participación en plataformas individuales o conjuntas de comercio electrónico. Se considerarán los gastos destinados a la implantación del comercio electrónico, entendiendo por tal la compra y venta de productos o servicios a través de medios electrónicos, de forma que se mejore la competitividad de la empresa y se refuercen las ventas.
- e) Realización de auditorías energéticas en la empresa que permitan identificar los consumos eléctricos y los factores que afectan al mismo (climatología, niveles de producción, horarios de trabajo, etc.), así como detectar oportunidades de ahorro para su optimización.
- f) Marketing empresarial: Estudios de mercado, análisis de oferta y demanda, encuestas, evaluación de satisfacción de clientes, servicios de geolocalización u otros destinados a evaluar la implantación o mejorar el posicionamiento del establecimiento comercial en el mercado.
- g) Gastos tendentes a definir, mejorar o difundir la identidad corporativa, tales como los derivados del diseño de nombres, marcas y logotipos, el diseño o elaboración de material gráfico y documental de todo tipo (etiquetas, carteles, tarjetas de presentación, folletos, catálogos, envases, embalajes…).
- h) Servicios de asesoramiento o consultoría en materia de modernización o promoción comercial, de mejora de la imagen o de asesoramiento laboral y fiscal relacionado con el ejercicio de la actividad.
- i) Gastos generados por la implantación o prestación de servicios técnicos y tecnológicos para la venta y difusión de la actividad comercial a través de Internet o para la mejora de las herramientas de comunicación comercial.
- j) Publicidad en radio, televisión, prensa, aplicaciones para teléfonos y teléfonos inteligentes, Internet, blogs y redes sociales u otros soportes.
- k) Gastos derivados de contratos de suministro de energía, agua, alarma, teléfono o Internet específicamente referidos al establecimiento comercial
- l) Gastos derivados de la obtención de certificaciones oficiales en materia de igualdad o como entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres, o cualesquiera análogos, siempre que sean de carácter oficial.
- m) Cuotas de seguros de responsabilidad civil del local comercial derivadas del ejercicio de la actividad comercial.
La ayuda mínima a solicitar es gastos superiores a 500 € y la cuantía máxima a solicitar es de 3.000 €.
En caso de que la persona solicitante esté dada de alta en dos o más epígrafes de las actividades del IAE y en la misma dirección, cuando alguna de ellas no esté comprendida en esta convocatoria, salvo prueba en contrario, se hará un prorrateo de los gastos aportados entre los epígrafes comprendidos.
Documentación a presentar:
– Si la solicitud se realiza presencialmente , impreso de solicitud normalizada específica del procedimiento, que puede descargarse en el apartado “Impresos” del enlace de la convocatoria, acompañado de la documentación que se indica. En caso de presentar la solicitud de forma presencial (sólo personas físicas) deberá aportarse DNI, TIE o NIE acompañado de pasaporte. En caso de firmar la instancia persona distinta a la solicitante tendrán que acompañar ambas su DNI.
– Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario a través del enlace:
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.CM.50?lang=1 y se acompañará de la documentación solicitada.
Documentación que se debe presentar:
Consultar documentación que se solicita en las Bases Punto nº.8 de la Convocatoria
Plazo de presentación: veinte días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del edicto del extracto de la convocatoria en el BOP 08/03/2022.
Del 09 de marzo 2022 hasta el 28 de marzo 2022 (ambos inclusive).
Enlace convocatoria:
Subvenciones a nuevos comercios y consolidación de los existentes en la ciudad de València. Apertura de plazo.
Enlace presentación telemática:
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.CM.50?lang=1
Se adjuntan bases de la convocatoria y documento publicación en el BOP.