El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), publicó el 20 de Mayo 2014, la Orden 4/2014, de 30 de marzo, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que regula el permiso de los trabajadores que no disfruten de descanso semanal el día 25 de mayo de 2014 a fin de poder ejercer el derecho a voto en las elecciones al Parlamento Europeo.
Además de regular la duración de estos permisos retribuidos en proporción a la coincidencia mayor o menor del horario de trabajo con el de la apertura de las mesas electorales, en dicha Orden se establecen también los permisos a disfrutar por los trabajadores que acrediten su condición de presidentes, vocales e interventores, así como la reducción en cinco horas de su jornada de trabajo del lunes 26 de mayo (el permiso del día de la votación lo disfrutarán igualmente los trabajadores que acrediten su condición de apoderados).
Si alguno de los trabajadores incluidos en estos supuestos hubiera de trabajar en el turno de noche que comienza el día 24 de mayo podrá solicitar de la empresa el cambio de turno con el objeto de poder descansar la noche antes al turno de votación.
Corresponderá al empresario la distribución, en base a la organización del trabajo, del período en que los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar.