Covid-19: Nueva actualización 10/09/2020 – Documentos emitidos por el Ministerio de Sanidad – Resumen emitido por CEOE

Adjunto os remitimos por si es de vuestro interés la siguiente circular que hemos recibido desde CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) relativa a los nuevos documentos emitidos por el Ministerio de Sanidad con nuevas instrucciones con referencia al Covid-19.

Con fecha 10 de septiembre 2020 el Ministerio de Sanidad emitió los siguientes documentos actualizados: 

Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID 19

Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos.

Cabe destacar como cuestiones más relevantes: 

– Aunque se sigue manteniendo la consideración de contacto estrecho de aquellas personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros y durante más de 15 minutos, se incluye la posibilidad de que el servicio de prevención o el responsable designado a tal fin, realice una valoración individualizada respecto al seguimiento de las medidas de prevención, incluido el uso correcto y continuado de la mascarilla.

Se elimina la consideración general de actividades esenciales incluida en el anterior borrador (personal sanitario, sociosanitario, personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, personal de centros educativos, etc.) para los que si el PCR daba negativo no tenían que continuar en aislamiento y se podían reincorporar, estableciéndose en su lugar que serán las CCAA las que podrán establecer pautas de seguimiento específicas ante contactos que realicen actividades consideradas esenciales.

Por lo que respecta al ámbito laboral, en este documento se detalla que los trabajadores que no sean sanitarios o sociosanitarios, que sean casos confirmados, «serán manejados de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento. El seguimiento y el alta serán supervisados por su médico de atención primaria o del trabajo, de la forma que se establezca en cada comunidad autónoma».

Respecto a los estudios de cribado, en la página 10 del documento NO se recomienda la realización de cribados mediante la realización de PCR o técnicas serológicas, «por las dificultades de interpretación de los resultados en personas asintomáticas y de bajo riesgo y las implicaciones en su manejo. Los  casos excepcionales serán siempre bajo recomendación de las autoridades de salud pública».

* Cuadro manejo de casos COVID-19:

En archivo anexo te adjuntamos un cuadro para el manejo de casos sospechosos y confirmados de Covid-19 que ha elaborado la CEOE, para que conozcas los procedimientos a seguir en cada uno de los supuestos.

Puedes consultar también el último documento de la Inspección de Trabajo también con referencia al Covid-19:

Criterio Técnico número 103/2020 de la Inspección de trabajo, sobre actuación inspectora para el control del cumplimiento en las empresas de las medidas de prevención e higiene establecidas por causa de la COVID-19

CUADRO MANEJO CASOS Y CONTACTOS COVID 19