El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) del 04/06/2021 publicó la RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, para el periodo entre el 8 de junio de 2021 y el 30 de junio de 2021.
RESUMEN:
– Las nuevas medidas estarán vigentes desde las 00.00 horas del día 8 de junio de 2021 hasta las 23:59 horas del día 30 de junio de 2021.
– Respecto a la Movilidad, finaliza el toque de queda.
MEDIDAS RELATIVAS A ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
– Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán limitar al 75 % su aforo total. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
– El aforo máximo permitido estará visible en la entrada.
– Los aparcamientos o espacios destinados al estacionamiento de vehículos de sus clientes se deberán limitar al 75 % de su capacidad.
– Los locales comerciales y las superficies comerciales cuya actividad sea la venta de productos, mantendrán su horario autorizado, dentro del horario relativo a la circulación de las personas que pudiera establecerse.
Aquellos establecimientos destinados a la venta de productos de primera necesidad (básicamente alimentación y productos farmacéuticos) que tuvieren un horario autorizado superior de cierre, podrán mantener el mismo, únicamente para la venta de dichos productos.
– En los locales comerciales y de prestación de servicios, incluidos los ubicados en los centros comerciales, no está permitido el uso de zonas comunes y recreativas de parques comerciales, excepto para el tránsito entre establecimientos comerciales.
– No están incluidos los establecimientos cuya actividad principal sea la prestación de servicios profesionales y los centros en los que se imparte formación no reglada.
Adjuntamos en archivo anexo documento emitido por la Generalitat Valenciana que recoge un resumen de todas las medidas aprobadas en todos los ámbitos, la segunda página hace referencia a los establecimientos comerciales.