El sábado 29 de enero de 2021, el DOGV (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana), publicó el DECRETO LEY 2/2021, de 29 de enero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a trabajadores y trabajadoras, empresas y trabajadores y trabajadoras autónomas, para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia por la Covid-19.
Objeto de la Ayuda: la aprobación de medidas extraordinarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (Covid-19) en la Comunidad Valenciana, mediante el establecimiento de distintos tipos de ayudas a empresas, personas trabajadoras autónomas y personas trabajadoras cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunidad Valenciana.
Las ayudas previstas en esta norma se articularán en forma de subvenciones de concesión directa.
Las bases reguladoras y la convocatoria de las distintas modalidades de ayudas se establecerán a través de decretos del Consell que serán tramitados por el procedimiento de urgencia.
Modalidades de ayudas:
1.-Ayudas directas destinadas a las empresas y personas trabajadoras autónomas, comprendidas en los CNAE relacionados en el anexo.
(Competencia de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación).
–En esta ayuda, punto 1. no está incluido el CNAE de comercio, páginas 5 y 6 del documento que se adjunta en archivo anexo)
2.-Ayuda directa para las personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia con la condición de que sean beneficiarias de las prestaciones extraordinarias Covid-19 de la Seguridad Social. (Competencia de los órganos superiores y directivos competentes en materia de trabajo). (Con independencia del sector en el que se encuentren).
3.-Ayuda directa a personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE), derivados de la Covid-19 durante el periodo y condiciones que determinen las bases reguladoras. (competencia de los órganos superiores y directivos competentes en materia de trabajo).
Financiación:
El importe global máximo de las ayudas asciende a 105.000.000 euros.
1.Ayudas directas destinadas a las empresas y personas trabajadoras autónomas, comprendidas en los CNAE relacionados en el anexo: 80.000.000 euros.
2.Ayuda directa para las personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia con la condición de que sean beneficiarias de las prestaciones extraordinarias Covid-19 de la Seguridad Social: 8.000.000 euros.
3.Ayuda directa a personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación de empleo, derivados de la Covid-19 durante el periodo y condiciones que determinen las bases reguladoras: 17.000.000 euros.
Anticipos y avales: Podrá anticiparse hasta el 100 % del importe de la subvención que en cada caso corresponda sin necesidad de constitución de garantías por parte de los beneficiarios, atendiendo al importe, al objeto y a la naturaleza extraordinaria de las subvenciones.
Entrada en vigor: desde el 29 de enero de 2021.