El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana del día 08/03/2023, publicó la RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2022, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones destinadas al Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, reguladas en la Orden 18/2017, de 28 de septiembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo dirigido al emprendimiento.
Objeto: la concesión de subvenciones para fomentar el emprendimiento a través del Programa de apoyo al mantenimiento del trabajo autónomo de mujeres, por el que se otorga una subvención por la contratación de personas desempleadas que efectúen mujeres autónomas embarazadas o en proceso de adopción, a fin de que puedan transferirles el conocimiento necesario que posibilite el mantenimiento de la actividad durante la baja maternal.
Beneficiarios: las mujeres trabajadoras autónomas que en el momento de la contratación subvencionable estén embarazadas o en proceso de adopción.
Bases reguladoras:
ORDEN 18/2017, de 28 de septiembre, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se establecen las bases reguladoras del programa de fomento de empleo dirigido al emprendimiento (DOGV núm. 8138 de 29/09/2017)
Cuantía:
El importe global máximo estimado para financiar estas subvenciones será de 150.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para 2023.
El importe de la subvención ascenderá a:
- a) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 3 meses de duración: 500 euros.
- b) En el caso de contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses de duración: 500 euros.
Los importes indicados se incrementarán en 500 euros si se contrata a una persona con diversidad funcional o a una mujer.
Los contratos a tiempo parcial de al menos 30 horas semanales resultarán subvencionables, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Plazo: A partir del 9 de marzo de 2023. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 1 de septiembre de 2023.
Enlace tramitación: