El Ayuntamiento de Valencia aprobó el pasado día 8 de marzo 2024, la Convocatoria de Subvención Municipal para la consolidación empresarial «EMPRENDE Y CONSOLIDA 2024».
El objeto de la presente convocatoria es fomentar la consolidación empresarial en el término municipal de Valencia, apoyando la continuidad de las empresas valencianas, en especial en los primeros años de existencia, para que puedan afrontar nuevos retos de expansión, buscar nuevos nichos de mercado o mejorar su competitividad.
Esta subvención está dotada con una partida presupuestaria total de 790.000 €.
Se subvencionará el 100% del total de los gastos corrientes subvencionables justificados que se indican en la convocatoria, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación, hasta el importe máximo indicado.
Información adicional:
-Se concederá una cuantía de hasta 3.000€ a las solicitudes que cumplan los requisitos de esta convocatoria, por orden de presentación de las solicitudes y hasta agotar el crédito destinado a este programa.
Esta cuantía máxima se podrá incrementar hasta 1.000€ más, cuando el solicitante de la ayuda acredite haber sido persona afectada por el incendio producido en el barrio de Campanar, encontrándose el local de desarrollo de su actividad económica en los inmuebles afectados por el incendio. situados en la calle Poeta Rafael Alberti, nº.2, de la ciudad de Valencia o en caso de no disponer de local de desarrollo de su actividad, domicilio fiscal y/o domicilio social.
-Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos corrientes realizados y generados desde el 1 de enero de 2023 hasta la fecha de la presentación de la solicitud que respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, excluidos gastos inventariables.
-Se consideran subvencionables los gastos corrientes establecidos en el punto 5.2 de esta convocatoria.
En caso de que alguna de las facturas presentadas no corresponda a un gasto corriente subvencionable o no reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria no se podrá aportar nuevas facturas que la sustituyan y sólo se subvencionará por el importe de aquellas facturas y justificantes de pago presentados que sean admitidos hasta un máximo de 3.000€ o 4.000€ en el caso de personas afectadas por el incendio del inmueble sito en calle Poeta Rafael Alberti, nº2 del Barrio de Campanario de la ciudad de Valencia.
Estas subvenciones no requieren otra justificación que la acreditación de las condiciones y requisitos necesarios para acceder a la subvención, por lo que las subvenciones se darán por justificadas en el momento de su concesión, sin perjuicio de las actuaciones comprobatorias de la Administración y control financiero que pueda extenderse a verificar su exactitud.
Puedes consultar la convocatoria al completo a través del siguiente enlace:
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.IE.85
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), por lo que todavía no está abierto dicho plazo, estando pendiente su próxima publicación.