Convocatoria Ayudas 2019 Conselleria de Comercio

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) del pasado 28/12/2018 publicó oficialmente la convocatoria y el extracto de las Ayudas 2019 en materia de Comercio, Consumo y Artesanía.

Plazo para presentar solicitudes: Del 21 de enero hasta el 4 de febrero de 2019 y debe realizarse por vía telemática.

 

RESUMEN DEL PROGRAMA DE AYUDAS A LAS PYMES:

  1. AVALEM ARTESANIA:

– Beneficiarios: Personas físicas y pymes o micropymes que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) y que acredite su condición de artesano.

– Actuaciones apoyables:

– Participación como expositor en certámenes feriales de carácter predominantemente artesano, incluidos los de fuera de la Comunitat Valenciana.

– Protección del producto, diseño o marca y, la incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.

– Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.

– Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.

– Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio.

– Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 5.000 € (límite de 7.500 € si la ayuda es para la participación en certamen fuera del estado español).

  1. COMERÇ.

– Beneficiarios: Personas físicas y pymes o micropymes que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades según:

– CNAE: Sección G, división 47, excepto 4726, 473, 4773, 478 y 479.

– Impuesto de Actividades Económicas (IAE), Sección Primera, División 6: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5, y Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

– Actuaciones apoyables:

 2.1. EMPRENEM COMERÇ: Mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica. El establecimiento deberá, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del 2019. Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 10.000 €, sin que los gastos de alquiler superen los 5.000 €.

– 2.2. AVALEM COMERÇ: Inversiones de más de 3.000 € en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 20.000 €, en un período de 3 años.

– 2.3. AVALEM COMERÇ RURAL: Inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. Los establecimientos deberán estar en municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunitat Valenciana, y podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada. Ayuda: Hasta el 60 % con el límite de 20.000 €, en un período de 3 años.

 

  1. AVALEM MERCATS

– Beneficiarios: Micropymes que ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en el grupo 478 del CNAE-2009 o en el grupo 663 del IAE, para la venta en mercados de venta no sedentaria.

– Actuaciones apoyables: inversiones de más de 1.000 € en la adaptación de vehículos como tienda o en la instalación de equipo de frío para la venta de productos de alimentación.

– Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 5.000 €, en un plazo de 5 años.

Características de las ayudas a tener en consideración:

– Los solicitantes podrán realizar las actuaciones desde el 1 de febrero hasta el 30 de septiembre 2019 para EMPRENEM COMERÇ, y del 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019 para AVALEM COMERÇ, AVALEM COMERÇ RURAL Y AVALEM MERCATS.

– Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 € en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios, el beneficiario deberá aportar tres ofertas de diferentes proveedores.

– Los comercios de alimentación y bebidas, con zona de degustación, si ésta, es igual o menor del 40 % de la sala de ventas, podrán recibir ayudas, pero el equipamiento específico para la zona de degustación, no es subvencionable.

– En un establecimiento con distintas actividades (IAE), sólo se tendrán en cuenta las inversiones directamente vinculadas a la actividad comercial apoyable, y en su caso, los gastos generales se prorratearán en función del la superficie destinada a cada una de ellos.

– No es subvencionable el IVA.

– Para la justificación de la subvención, además de otros documentos, se deberán presentar: facturas y documentación acreditativa del pago.

– El Plazo para la justificación de las ayudas será:

Hasta el 08/11/2019 para AVALEM COMERÇ, AVALEM COMERÇ RURAL Y AVALEM MERCANTS, y

Hasta el 10//10/2019 para EMPRENEM COMERÇ.

SE DETALLAN LOS SIGUIENTES ENLACES PARA AMPLIAR INFORMACIÓN (Convocatoria, Bases reguladoras y acceso directo para su tramitación):

– Convocatoria: Resolución de 17 de diciembre de 2018, del director general de Comercio y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2019 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía (DOGV de 28/12/2018)Extracto de la convocatoria (DOGV de 28/12/2018)

– Bases reguladoras: Orden 22/2018, de 22 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía (DOGV de 28/11/2018)

– Emprenem Comerç:  http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15256&version=amp

– Avalem Comerç: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2921&version=amp

– Avalem Comerç Rural: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19924&version=amp

– Avalem Mercats: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19928&version=amp