El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) del pasado 28/12/2018 publicó oficialmente la convocatoria y el extracto de las Ayudas 2019 en materia de Comercio, Consumo y Artesanía.
Plazo para presentar solicitudes: Del 21 de enero hasta el 4 de febrero de 2019 y debe realizarse por vía telemática.
RESUMEN DEL PROGRAMA DE AYUDAS A LAS PYMES:
- AVALEM ARTESANIA:
– Beneficiarios: Personas físicas y pymes o micropymes que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) y que acredite su condición de artesano.
– Actuaciones apoyables:
– Participación como expositor en certámenes feriales de carácter predominantemente artesano, incluidos los de fuera de la Comunitat Valenciana.
– Protección del producto, diseño o marca y, la incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
– Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
– Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
– Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio.
– Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 5.000 € (límite de 7.500 € si la ayuda es para la participación en certamen fuera del estado español).
- COMERÇ.
– Beneficiarios: Personas físicas y pymes o micropymes que no sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades según:
– CNAE: Sección G, división 47, excepto 4726, 473, 4773, 478 y 479.
– Impuesto de Actividades Económicas (IAE), Sección Primera, División 6: Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5, y Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.
– Actuaciones apoyables:
– 2.1. EMPRENEM COMERÇ: Mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica. El establecimiento deberá, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del 2019. Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 10.000 €, sin que los gastos de alquiler superen los 5.000 €.
– 2.2. AVALEM COMERÇ: Inversiones de más de 3.000 € en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 20.000 €, en un período de 3 años.
– 2.3. AVALEM COMERÇ RURAL: Inversiones en equipamiento para el establecimiento comercial y la implantación de la venta online segura o su integración en una plataforma en línea de comercio electrónico. Los establecimientos deberán estar en municipios de menos de 1.000 habitantes de la Comunitat Valenciana, y podrán estar ubicados en espacios multiservicio de propiedad pública o privada. Ayuda: Hasta el 60 % con el límite de 20.000 €, en un período de 3 años.
- AVALEM MERCATS
– Beneficiarios: Micropymes que ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en el grupo 478 del CNAE-2009 o en el grupo 663 del IAE, para la venta en mercados de venta no sedentaria.
– Actuaciones apoyables: inversiones de más de 1.000 € en la adaptación de vehículos como tienda o en la instalación de equipo de frío para la venta de productos de alimentación.
– Ayuda: Hasta el 50 % con el límite de 5.000 €, en un plazo de 5 años.
Características de las ayudas a tener en consideración:
– Los solicitantes podrán realizar las actuaciones desde el 1 de febrero hasta el 30 de septiembre 2019 para EMPRENEM COMERÇ, y del 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019 para AVALEM COMERÇ, AVALEM COMERÇ RURAL Y AVALEM MERCATS.
– Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 € en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios, el beneficiario deberá aportar tres ofertas de diferentes proveedores.
– Los comercios de alimentación y bebidas, con zona de degustación, si ésta, es igual o menor del 40 % de la sala de ventas, podrán recibir ayudas, pero el equipamiento específico para la zona de degustación, no es subvencionable.
– En un establecimiento con distintas actividades (IAE), sólo se tendrán en cuenta las inversiones directamente vinculadas a la actividad comercial apoyable, y en su caso, los gastos generales se prorratearán en función del la superficie destinada a cada una de ellos.
– No es subvencionable el IVA.
– Para la justificación de la subvención, además de otros documentos, se deberán presentar: facturas y documentación acreditativa del pago.
– El Plazo para la justificación de las ayudas será:
Hasta el 08/11/2019 para AVALEM COMERÇ, AVALEM COMERÇ RURAL Y AVALEM MERCANTS, y
Hasta el 10//10/2019 para EMPRENEM COMERÇ.
SE DETALLAN LOS SIGUIENTES ENLACES PARA AMPLIAR INFORMACIÓN (Convocatoria, Bases reguladoras y acceso directo para su tramitación):
– Convocatoria: Resolución de 17 de diciembre de 2018, del director general de Comercio y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2019 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía (DOGV de 28/12/2018)Extracto de la convocatoria (DOGV de 28/12/2018)
– Bases reguladoras: Orden 22/2018, de 22 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía (DOGV de 28/11/2018)
– Emprenem Comerç: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=15256&version=amp
– Avalem Comerç: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2921&version=amp
– Avalem Comerç Rural: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19924&version=amp
– Avalem Mercats: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19928&version=amp