El pasado mes de febrero se conoció la sentencia de la Audiencia Provincial de Girona a SegurCaixa Adeslas que obligaba a la compañía a pagar 6.000 euros a una pizzería por la pérdida de beneficios sufrida como consecuencia de la paralización de la actividad durante el confinamiento.
Si tu seguro cubre la paralización de la actividad del negocio, es posible que puedas reclamarle las pérdidas sufridas durante los dos estados de alarma.
La existencia de esta sentencia no garantiza que todas las reclamaciones se puedan resolver de la misma manera, pero un grupo de abogados y economistas ofrece a los asociados a través de Confecomerç CV emprender una demanda similar para reclamar a las aseguradoras las pérdidas sufridas.
Para ello, el comercio debe tener una póliza de seguros que dé cobertura a la paralización de la actividad del negocio.
El plazo para reclamar es de 2 años desde que se ha visto pararalizada la actividad.
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