Objeto: Fomentar el empleo estable y de calidad, por medio del establecimiento de ayudas económicas, destinadas a favorecer la contratación indefinida a tiempo completo en el municipio de Valencia, así como fomentar la inserción laboral de colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.
Beneficiarios: Podrán concurrir aquellas personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes u otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan concertar los contratos de trabajo subvencionables previstos en estas Bases, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que la persona o entidad que solicita la subvención tenga el domicilio social o el domicilio de gestión administrativa en el término municipal de Valencia.
b) Que el número total de personas trabajadoras de la empresa no sea superior a 49 personas.
c) Que la contratación suponga un aumento del empleo neto en la empresa respecto de la media de los doce meses anteriores.
d) No haber solicitado u obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.
e) En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes, no pudiendo disolverse esta agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción de los artículos 39 y 65 de la LGS. Asimismo, en caso de concesión de la ayuda, la resolución contendrá los porcentajes de participación de las personas integrantes en la entidad beneficiaria, en función de los cuales participarán en los derechos y obligaciones derivados del otorgamiento de la ayuda.
f) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Valencia.
g) Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Valencia, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
h) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la seguridad social.
Importe global máximo: 600.000€
Cuantía: Por la formalización de cada contrato indefinido a tiempo completo una subvención de 5.000 € por cada persona contratada, que serán 6.000 € en caso de que la persona contratada sea hasta 30 años o a partir de 45 años, esté inscrito/a ininterrumpidamente en la oficina de empleo como desempleado/a durante 12 meses o más, sea mujer o tenga una discapacidad con un grado mínimo del 33%.
Plazo de presentación de solicitudes: 45 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.
El plazo será desde el 26/07/2016 hasta el 08/09/2016 (ambos inclusive).
Normativa: