Ayudas Ayuntamiento de Valencia: València Activa Impuls Econòmic 2018

Informarte que el pasado 29 de agosto del cte., el BOP (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia) publicó oficialmente el extracto de la convocatoria de las Ayudas municipales “Valencia Activa Impuls Econòmic 2018” promovidas por el Ayuntamiento de Valencia, a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento y con ello se apertura el plazo de presentación de las ayudas.  

RESUMEN DE LA CONVOCATORIA:

Objeto de la ayuda: fomentar, impulsar y apoyar la actividad económica por medio del establecimiento de ayudas destinadas a favorecer la consolidación empresarial en la ciudad de Valencia.

Beneficiarios: Pueden solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas como las comunidades de bienes y sociedades civiles que lleven a cabo las actividades empresariales o profesionales que motivan la concesión de las ayudas.

Requisitos:

-Que el comienzo efectivo de su actividad empresarial haya sido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2016.
-Que el domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de Valencia. No podrán ser beneficiarias las empresas o personas autónomas que cumplan este requisito por haber trasladado el domicilio fiscal al término municipal de Valencia posteriormente al 1 de enero de 2017.
-En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona representante apoderada.
-No haber disfrutado de estas ayudas en los ejercicios 2016 ni 2017.

-No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Valencia.
-Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Valencia.
-No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social.

Acciones Subvencionables:
Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos que respondan a la naturaleza y objeto de la ayuda subvencionada y que cumplan las siguientes condiciones:

– que hayan sido realizados y devengados desde el 01/01/2017 hasta la fecha de la presentación de la solicitud.

– que haya sido efectivamente pagado por la persona o entidad solicitante de la subvención con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

– que el gasto acreditado sea igual o superior a 600 €, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.

– que el gasto realizado no sea superior al valor de mercado.

Gastos Subvencionables:

Se subvencionará el 100 % del total de los gastos subvencionables justificados, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad beneficiaria de 5.000 €.

Se consideran que están incluidos en la finalidad de la actividad subvencionada los gastos corrientes siguientes:

– Arrendamiento de locales destinados exclusivamente al ejercicio de la actividad y de equipos necesarios para el desarrollo de la actividad (no es subvencionable la compra del equipamiento ni el local, ni tampoco el prorrateo de las viviendas particulares, aunque la actividad de ejerza en ellas).

– Primas de seguros: gasto correspondiente al seguro de responsabilidad civil por un máximo de una anualidad.

– Realización de formación no reglada, de carácter específico, para mejorar la cualificación profesional, del empresariado y del personal (gastos del coste del curso e inscripción).

– Análisis e investigación de mercados (encuestas, evaluación de satisfacción de clientela, estudios de mercado, geolocalización, implantación de sistemas para vigilancia tecnológica, etc.)

– Desarrollo de herramientas de comunicación comercial incluyendo la adaptación a mercados exteriores: gastos por el alquiler de un stand o similar. Gastos de canon asistencia ferias como expositor. Así como todos aquellos gastos relacionados con la traducción a otros idiomas de elementos de comunicación comercial: páginas web, dossiers, catálogos, folletos, cartelería, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas y facturas.

– Consultoría y asesoramiento para la realización de planes de marketing.

– Establecimiento o mejora de la identidad corporativa (gastos relativos a la realización de logotipos, tarjetas de presentación, sobres, etiquetas, carpetas, facturas, catáologos, folletos, cartelería, rotulación así como del diseño y elaboración de embalajes y envases).

– Establecimiento de soluciones y servicios tecnológicos que favorezcan la difusión y comercialización de los productos y servicios a través de Internet incluidas aquellas soluciones que mejoren el posicionamiento de la empresa a través de servicios SEO, SEM y SMM. Gastos relativos a la adquisición de servicios tecnológicos de uso común para el desarrollo de la actividad propia de la empresa.

– Fomento de la generación de redes empresariales o entidades de gestión nuevas.

– Realización de planes estratégicos.

– Implantación de sistemas de calidad.

– Mejora de herramientas de gestión empresarial basadas en software ERPs (Enterprise Resource Planning – Planificación de Recursos Empresariales).

La cuantía total destinada a estas ayudas asciende a: 200.000 €

Te adjuntamos anexo el documento con las bases así como los impresos de solicitud (puede presentarse de manera presencial o vía telemática),

https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/WEB_ASSET_CRG_0608

Plazo de presentación de solicitudes: del 30/08/2018 al 18/09/2018 (ambos inclusive).

BASES AYUDAS IMPULSO ECONOMICO 2018

Impreso Ayudas València Activa Impulso Economico Cuenta Justificativa

Solicitud Ayudas València Activa Impulso Económico