El pasado 23 de marzo remitimos una circular informando de la convocatoria de las Ayudas municipales “Valencia Activa Impuls Econòmic 2017” promovidas por el Ayuntamiento de Valencia, a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento.
Informarte que con fecha 5 de abril del cte. se ha publicado oficialmente el extracto de la convocatoria y la apertura de plazo de presentación de solicitudes en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia).
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA:
Objeto de la ayuda: fomentar, impulsar y apoyar la actividad económica de la ciudad de Valencia por medio del establecimiento de ayudas destinadas a favorecer la consolidación empresarial.
Beneficiarios: Pueden solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de las ayudas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
-Que el comienzo efectivo de su actividad empresarial haya sido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2015.
-Que el domicilio fiscal, el domicilio social y el local donde se desarrolla la actividad empresarial se encuentre en el término municipal de Valencia.
-En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona representante apoderada.
-No haber disfrutado de las Ayudas a la Consolidación en los ejercicios 2015 ni de las Ayudas Valéncia Activa Impuls Econòmic en el ejercicio 2016.
-No tener deuda con el Ayuntamiento de Valencia.
-Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Valencia.
-No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social.
Acciones Subvencionables:
– Acciones dirigidas a realizar programas de marketing y comercialización que mejoren el posicionamiento en el mercado.
– Acciones dirigidas a la generación de nuevos productos y/o servicios, así como a la mejora de los existentes.
Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados hasta un máximo de 5.000 € siempre que:
– Los gastos correspondan a facturas emitidas desde el 1 de julio de 2016 y hasta la fecha de presentación de la solicitud.
– Que la inversión acreditada haya sido igual o superior a 600€, excluidos impuestos susceptibles de recuperación.
– Que los gastos sean justificados mediante aportación de facturas y justificantes bancarios de pago debidamente sellados.
La cuantía total destinada a estas ayudas asciende a: 200.000€
Te adjuntamos anexo el impreso de solicitud.
Plazo de presentación de solicitudes: del 6 de abril al 5 de mayo de 2017.