El pasado 23 de marzo remitimos una circular informando de la convocatoria de las Ayudas municipales “Valencia Activa Emprén 2017″ promovidas por el Ayuntamiento de Valencia, a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento.
Informarte que con fecha 5 de abril del cte. se ha publicado oficialmente el extracto de la convocatoria y la apertura de plazo de presentación de solicitudes en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia).
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA:
Objeto de la convocatoria: la concesión de ayudas destinadas a financiar las altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), con la finalidad de apoyar y fomentar la creación de actividad empresarial en la ciudad de Valencia.
Beneficiarios: Pueden solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de las ayudas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
-Que el comienzo efectivo de la actividad empresarial y el alta en el RETA haya sido entre el 1 de octubre de 2016 y la fecha de presentación de la solicitud.
-Que el inicio de esta actividad genere al menos una nueva alta en el RETA de una persona que no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 6 meses. La persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención, esté empadronada en la ciudad Valencia a la fecha del alta y se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social y no tenga deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Valencia
-Que el domicilio fiscal, el domicilio social y el local donde se desarrolla la actividad empresarial se encuentre en el término municipal de Valencia.
-En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona representante apoderada.
-No haber disfrutado de las Ayudas municipales en los ejercicios 2014 y 2015, ni de las Ayudas Valéncia Activa Emprén en el ejercicio 2016.
-No tener deuda con el Ayuntamiento de Valencia.
-Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Valencia.
-No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social.
Acciones Subvencionables:
-Se concederá una cuantía fija de 3.000 € en concepto de lanzamiento, a todas las solicitudes que puedan acreditar el alta en la Agencia Tributaria (Hacienda) y el alta en el RETA.
-La cuantía fija de 3.000 € se incrementará en 500 € cuando la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención pertenezca a uno de los siguientes colectivos:
·Haber permanecido inscrita como demandante de empleo durante 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de alta en el RETA.
·Hasta 30 años a la fecha del alta en el RETA.
·A partir de 45 años a la fecha del alta en el RETA.
·Que puedan acreditar un grado de discapacidad de al menos el 33%.
·Ser mujer.
La cuantía total destinada a estas ayudas asciende a: 600.000 €
Te adjuntamos anexo el impreso de solicitud.
Plazo de presentación de solicitudes: del 6 de abril al 5 de mayo de 2017.