El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOGV) del 10/12/2020, publicó la Resolución de 4 de diciembre de 2020, del Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada de las ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2021.

RESUMEN:
«Ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible en la Comunidad Valenciana para el ejercicio 2021»

OBJETO:
La concesión de subvenciones destinadas a contribuir a la promoción de la economía sostenible en la Comunidad Valenciana, a través de la financiación de actuaciones de fomento y difusión de la cultura y prácticas de las empresas sociales y de la Economía del Bien Común (EBC).

BENEFICIARIOS:
b) Pequeñas y medianas empresas (Pymes) con personalidad jurídica propia que realicen actuaciones vinculadas con la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y de la EBC (Economía del Bien Común).

ACCIONES Y GASTOS SUBVENCIONABLES:

Acciones Subvencionables: 2.- Actuaciones realizadas por pequeñas y medianas empresas (Pymes) para la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y de la EBC (Economía del Bien Común), consistentes en la elaboración e implantación de una memoria de sostenibilidad que contribuya a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad en la triple vertiente social, económica y medioambiental, permitiendo medir el éxito ético de la organización y su contribución al bien común, tales como el Balance del Bien Común, memoria de responsabilidad social, estado no financiero u otras herramientas similares.Partidas subvencionables: Las ayudas para las Pymes se destinarán a cubrir los siguientes gastos:

a) Gastos derivados de la contratación de servicios externos especializados para la elaboración de una memoria de sostenibilidad.
b) Gastos derivados de la planificación de objetivos y actuaciones a implementar con objeto de mejorar el rendimiento ético de la empresa y su contribución al bien común.
c) Gastos derivados de la divulgación e información pública de la memoria de sostenibilidad realizada, tales como publicación en la web, diseño, impresión y edición.
d) Gastos derivados de la auditoría social externa de la memoria de sostenibilidad.
e) Gastos derivados de la formación de los recursos humanos de la empresa para su capacitación en la elaboración de la memoria de sostenibilidad de la empresa en ejercicios posteriores.

La memoria de sostenibilidad realizada deberá tener, preferentemente, la estructura de la Matriz del Bien Común, ofreciendo una vista de conjunto unilateral sobre los indicadores derivados de la interacción de los valores básicos y constitucionales (dignidad humana, solidaridad, sostenibilidad ecológica, justicia social y democracia) con los grupos de contacto (stakeholders) de la empresa (empleados, proveedores, clientes, financiadores, soberanía, generaciones futuras y naturaleza), así como los criterios negativos, e incluir un informe en donde se documenten las actividades de la empresa relacionadas con cada indicador. En caso de que la memoria de sostenibilidad no se adecue a la estructura de la Matriz del Bien Común a que se hacía referencia en el apartado anterior, deberá estar basado en cualquiera de los modelos nacionales e internacionales existentes de memorias de responsabilidad social.
Gastos Subvencionables: financiación total o parcial de los gastos ocasionados en el desarrollo de las acciones subvencionables que realicen las empresas solicitantes.

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS: Las ayudas y subvenciones reguladas en la presente convocatoria son compatibles con cualesquiera otras por el mismo concepto.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

b) La cuantía máxima que podrá percibir una Pyme no podrá superar la cuantía de 3.000 euros.

DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE PRESENTAR:

– Cuando se trate de una persona jurídica se deberá aportar, además de la documentación acreditativa e identificativa del solicitante:
Copia de la tarjeta de identificación fiscal (NIF) de la entidad solicitante.
Copia de la escritura de constitución de la entidad y de sus estatutos vigentes.
Copia de escritura de poder suficiente y actual a favor de la/s persona/s física/s que suscriba/n la solicitud en nombre de la entidad solicitante para actuar ante la Administración Pública en el procedimiento de concesión de subvenciones y ayudas públicas, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos de la entidad.
Declaración suscrita por el representante legal de la entidad, con referencia a la fecha de la solicitud, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones registrales o de otra índole que vengan impuestas a la entidad solicitante por la legislación específica de aplicación a la misma.

– Ficha de la entidad solicitante, según modelo normalizado (disponible en el trámite telemático).

– Declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos relativos a la condición de Pyme, (disponible en el trámite telemático).

– Memoria descriptiva de la actuación para la que se solicita la subvención, según modelo normalizado (disponible en el trámite telemático). Esta memoria deberá recoger las circunstancias que concurran en el proyecto o actuación e incluir información suficiente para poder aplicar los criterios de valoración que servirán de base a la concesión de la subvención.

– Declaración ayudas de minimis (disponible en el trámite telemático).

Plazo de presentación: Del 1 al 30 de marzo de 2021.

Enlace directo para la tramitación de esta convocatoria:
Ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2021. Economía.