Nueva convocatoria de Ayudas del Ayuntamiento de Valencia para Comercios para la promoción del valenciano 2020

El Ayuntamiento de Valencia a través del Gabinete de normalización lingüística convoca una nueva línea de Ayudas dirigidas a incentivar a los comercios que realizan actividades de promoción del valenciano.

RESUMEN DE LA CONVOCATORIA

Plazo de presentación:

En el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP)

TODAVÍA NO SE HA PUBLICADO.

En cuanto se publique enviaremos una nueva circular.

Objetivo: Potenciar, valorar e impulsar los comercios del término municipal de València que quieran participar en la promoción del valenciano como lengua de uso habitual.

Beneficiarios: Estas ayudas van dirigidas a personas físicas y a personas jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas que realicen su actividad, que pueda fundamentar su otorgamiento, en establecimientos comerciales situados en el término municipal de València y que sean autónomas, pequeñas empresas o microempresas.

Solo se puede presentar una solicitud por persona física o jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes, y para un único establecimiento.

Documentación que se debe presentar:

La documentación, que se tiene que presentar en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de València, es la siguiente:

  1. a) Impreso de solicitud de las ayudas firmado por la persona que representa legalmente la empresa.
    b) El texto que tiene que incluir la acción subvencionada lo tiene que revisar el Gabinet Municipal de Normalització Lingüística (GNL) a fin de dar el visto bueno o hacer las correcciones que sean necesarias; sin este visto bueno no se tendrá derecho a percibir la ayuda.

Hay que utilizar el modelo del anexo III para escribir el texto de la acción por la cual se pide ayuda.
c) Presupuesto detallado con IVA de cada acción subvencionable (preferiblemente de empresas del término municipal de València).
d) Fotocopia del CIF de la empresa.
e) Solicitud de alta y mantenimiento en el fichero de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio, según el anexo II.

Con el fin de facilitar la simplificación administrativa, las declaraciones responsables están incorporadas en el modelo de solicitud que se adjunta y son las siguientes:

  1. Que los datos que figuran en la solicitud son ciertos y que están actualizados, y que asume, en caso contrario, las responsabilidades que se puedan derivar.
  2. Que cumple los requisitos establecidos en la convocatoria.
    3. No estar sometida a ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiaria, así como de acuerdo con la Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de València, y en particular:
    a) No tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
    b) No tener pendiente de justificación ninguna subvención otorgada por el Ayuntamiento de València.
    c) Estar al corriente de pago de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y tributos locales del Ayuntamiento de València.
  3. En el caso de los rótulos y de las cartas de menú, compromiso de mantenerlos un mínimo de tres años. Si las cartas o los rótulos se rompen o se deterioran, se compromete a renovarlos.
    5. Que dispone de la documentación acreditativa correspondiente y se compromete a conservarla durante el periodo de vigencia del expediente.

Dotación presupuestaria y Cuantía de la subvención:

Las ayudas tienen una dotación presupuestaria de 50.000,00 €. Se otorgarán ayudas hasta agotar esta dotación presupuestaria.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad u objeto, procedentes de cualquier administración o entes privados o públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

El Ayuntamiento de València subvencionará, como máximo y con los límites establecidos, el 75% del presupuesto de cada acción por la cual se pida subvención a las empresas que resulten beneficiarias de estas ayudas económicas. Cada acción objeto de subvención tiene una cantidad máxima subvencionable.

La subvención total a una misma empresa no puede superar los 2.000 €. Una misma empresa solo puede presentar una única solicitud de subvención; en esta solicitud puede pedir subvención por una, por diversas o por todas las acciones que son subvencionables.

Cuando una empresa pida subvención por diversas o por todas las acciones, y sea beneficiaria de las ayudas, se subvencionará, como máximo y con los límites establecidos, el 75% de las acciones solicitadas (con un máximo total de 2.000 €) siguiendo el orden establecido en el artículo 6 de esta convocatoria.

Gastos subvencionables :

(Artículo 6 de las Bases de la convocatoria, se adjunta el enlace al final de la presente circular).

  1. Rotulación
    a) Exterior y/o interior: la subvención máxima de esta acción es de 1.000 €.
    b) Vehículos: la subvención máxima de esta acción es de 750 €.
  2. Publicidad
  3. a) Anuncios publicitarios en medios de comunicación: la subvención máxima de esta acción es de 1.000 €.
  4. b) Impresos publicitarios y comerciales (flyers, dípticos…), hashtags, carteles, envoltorios, bolsas, pegatinas: la subvención máxima de esta acción es de 1.000 €.
  5. Cartas de menú (establecimientos hosteleros y de restauración): la subvención máxima de esta acción es de 1.000 €.

Las cartas tienen que estar escritas, al menos, en valenciano.

  1. Creación, adecuación y/o traducción de páginas web: la subvención máxima para esta acción es de 1.000 €.

Justificación de las ayudas y plazo de justificación:

La documentación justificativa se tiene que presentar en el registro electrónico del Ayuntamiento de València, el plazo finaliza el día 30 de octubre de 2020.

Si la documentación no se presenta en este plazo se considerará que se renuncia a la ayuda y que esta queda sin efecto.

Enlaces para consultar las bases de la convocatoria así como el trámite directo de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia:

(18/09/2020) Enlace al trámite en Sede Electrónica.(18/09/2020)

Bases de la convocatoria (pdf 370 kb).