El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOGV) publicó ayer 20/12/2021 un segundo Requerimiento de subsanación de documentación del Plan Resistir Plus.
La resolución prevé de nuevo un plazo de cinco días hábiles a partir de su publicación para que las empresas remitan los documentos que se requieren.
La documentación que se requiere es la siguiente:
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite estar al corriente de las obligaciones con esa entidad.
- Certificado de la Agencia Tributaria de la Administración del Estado que acredite estar al corriente en las obligaciones tributarias.
- Certificado de la Agencia Tributaria Valenciana que acredite estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
En este sentido, hay que tener en cuenta que si alguno de estos certificados es negativo o erróneo, sólo se dispone de estos cinco días para ponerse al corriente o para lograr que se subsanen los posibles errores.
EL LISTADO DE LAS EMPRESAS A LAS QUE LES HACE EL REQUERIMIENTO ASÍ COMO LOS DOCUMENTOS QUE LE SOLICITAN ESTA DETALLADO EN EL REQUERIMIENTO PUBLICADO QUE PUEDES CONSULTAR A TRAVÉS DEL SIGUIENTE ENLACE: segundo Requerimiento de subsanación de documentación del Plan Resistir Plus.
LAS EMPRESAS QUE FIGURAN EN EL LISTADO TIENEN HASTA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE 2021 PARA APORTAR TELEMÁTICAMENTE LA DOCUMENTACIÓN QUE LE SOLICITAN.